lunes, 1 de julio de 2013

Nueva Ley de Tarjeta de Crédito en Honduras

Comisión Nacional de Bancos y Seguros exige cumplir Ley de Tarjeta de Crédito
Por: CENTRAL LAW Honduras
19/06/2013

La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), dando seguimiento a las reformas efectuadas a la ley que regula el dinero plástico, exigió en un comunicado el “obligatorio cumplimiento por parte de los emisores respectivos” de la Ley de Tarjetas de Tarjetas de Crédito que entró en vigencia el mes anterior. Tras enunciar una serie de beneficios a los que los tarjetahabientes tienen derecho, la CNBS explica los procesos establecidos para que los usuarios de tarjetas puedan presentar sus quejas o reclamos. La institución destaca entre los beneficios que las reformas dan la potestad a los usuarios del dinero plástico de poner fin a la relación contractual con el emisor “en cualquier momento”, previo acuerdo de pago, mediante la presentación de un formato llamado Solicitud para la cancelación del contrato de tarjeta de crédito, documento avalado por la CNBS y que cada emisor de tarjetas debe tener disponible para los usuarios, quedando obligado el emisor a dar una resolución en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles. 


En aquellos casos en los que el usuario considere que sus derechos han sido afectados, la CNBS dispone, en base a la ley , que el usuario solicite una Hoja de reclamación, mediante la cual presentará su denuncia, disponiendo la institución bancaria de una período de diez días hábiles para dar respuesta por escrito a la solicitud. De no haber respuesta o que esta no sea satisfactoria, el usuario podrá apelar directamente a la CNBS a través de la Dirección de Protección al Usuario Financiero, acompañando su reclamo con copias de la Hoja de reclamación con acuse de recibo del emisor, de la respuesta proporcionada por este, de la tarjeta de identidad del reclamante y de cualquier otro documento que respalde la denuncia. El comunicado concluye indicando que la CNBS “velará de oficio porque los emisores de tarjetas de crédito, débito, y de financiamiento den irrestricto cumplimiento a los derechos de los clientes usuarios a fin de mantener prácticas sanas de mercado”. 

Para mayor información puede contactar a honduras@central-law.com 

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