miércoles, 26 de septiembre de 2012

“Se desarrollan proyectos de Asociaciones Público-Privadas en Honduras”

Por J. Humberto Medina-Alva
CENTRAL LAW Honduras
honduras@central-law.com

La ley para la Promoción de la Alianza Publico Privada (Ley APP) ha entrado en vigencia en Honduras desde septiembre 2010 y su Reglamento desde Febrero 2011. Reemplaza a la ley de concesión e introduce un proceso más expedito para la administración, desarrollo y ejecución de obras públicas y servicios mediante contratos de APP suscritos entre el Estado y una entidad privada.

Esta ley asegura un marco legal firme a los inversores locales y extranjeros que desean invertir en infraestructura y/o en servicios en el país.

La ley crea una entidad autónoma e independiente (Coalianza) que está a cargo de administrar y ejecutar los proyectos de APP respaldada por la Superintendencia de APPs.

La forma en que una asociación publico privada puede ser ejecutada varía entre diferentes figuras legales: contratos de participación, joint-ventures, fideicomisos, etc. El proceso de contratación puede ser convocado mediante una licitación o concurso nacional o internacional o por cualquier otro proceso competitivo.

La ley de APP ofrece a los inversores un procedimiento de arbitraje para resolver cualquier conflicto derivado de la ley o resultante de la adjudicación del contrato de APP.

Una gran ventaja de esta ley es que las iniciativas de proyectos para conformar una APP pueden venir tanto del sector público como privado. Ello significa que los proyectos de APP para obras públicas como para servicios pueden ser presentados ante Coalianza tanto como iniciativa de la empresa privada como de entes gubernamentales. Aquellos proyectos que sean presentados a Colianza deberán cumplir con estudios de factibilidad detallando el costo beneficio de la posible asociación y proyecto. Coalianza determinara si el proyecto es viable como APP y a partir de entonces coordinara el proceso de contratación mediante licitación o concurso. Sea que la iniciativa provino del sector privado o del público, el contrato será adjudicado a la propuesta que implique un menor costo para el Estado.

La ley permite que los postores participen como un Consorcio. Tanto para postores individuales como para consorcio, el postor a quien se le adjudique el contrato de APP deberá constituir una sociedad local para operar el proyecto.

La actual ley de APP se ha inspirado en otros países como Perú que ha sido exitoso en el desarrollo de estructuras de APP, especialmente en el área de infraestructura.

Actualmente hay algunos proyectos de APP que se están desarrollando en Honduras como en infraestructura portuaria y en construcción y conservación de carreteras. Se espera que haya una mayor inversión en infraestructura y bajo los esquemas de APP que parecen ser los apropiados para el desarrollo económico del país.-

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